EL ACOSO SEXUAL EN EL TRABAJO
El acoso sexual en los lugares de trabajo da lugar a dimisión justificada.
Según Wikipedia, el acoso sexual es la intimidación o acoso de naturaleza sexual o violación, promesas no deseadas o inapropiadas a cambio de favores sexuales.
En república dominicana, Constituye acoso sexual toda orden, amenaza, constreñimiento u ofrecimiento destinado a obtener favores de naturaleza sexual, realizado por una persona (hombre o mujer) que abusa de la autoridad que les confieren sus funciones y se castiga con un año de prisión y multa de cinco mil a diez pesos.
El acoso sexual se puede dar de diferentes formas, siempre y cuando el acosador lo haga abusando de la autoridad que les confieren sus funciones, osea es una forma de coerción sexual basada en el poder del acosador, atentando contra la dignidad humana de la victima, por lo que, el Código Laboral en su ART.96 le da el derecho al trabajador de dimitir por su propia voluntad, cuando este no se sienta a gusto con su trabajo, de forma justificada o injustificada, (el art.97 nos dice cuáles son las causas para la dimisión justificada y entre ellas esta el ACOSO SEXUAL).
Según la gravedad del hecho, las victimas de acoso sexual, pueden también disponer de lo previsto por el ART.333 del CPD que establece que “Toda agresión sexual que no constituye una violación, se castiga con prisión de cinco años y multa de cincuenta mil pesos”.
Stop al acoso sexual!
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